¿Estas divorciado y tienes una nueva pareja? Sentencia sobre la vivienda familiar
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Si estas divorciado y tienes hijos fruto de esa relación, lo más probable es que uno de los miembros de la pareja tenga la custodia de los hijos y, por tanto, el uso y disfrute de la vivienda familiar. Seguro que ya conoces que el Derecho de Familia ha sufrido un importante vuelco al interpretar, de un modo completamente distinto la doctrina que hasta entonces regía, en torno al derecho de disfrute de la vivienda familiar tras la ruptura de un matrimonio con hijos. Te contamos las novedades a cerca de esta Sentencia del Tribunal Supremo que pueden afectar al futuro de tu relación con tu ex pareja y a cómo se define el derecho sobre el uso de la vivienda familiar.
Custodia de los hijos tras un divorcio ¿qué pasa con la vivienda familiar?
El Tribunal Supremo en su fallo del 20 de noviembre ha sentado un precedente al establecer que el padre o la madre que tenga la custodia de sus hijos perderá el derecho a disfrutar de la vivienda familiar si convive en ella con una nueva pareja de manera estable. De este modo, se rompe con la tradición asentada en muchos juzgados que reconocían el uso de la vivienda familiar al progenitor a cargo de los hijos, independientemente de sus relaciones con terceras personas.
Así, la Sentencia del Alto Tribunal reconoce a un padre divorciado sin la custodia de sus hijos que el derecho a la vivienda que en su día se atribuyó a su ex mujer (quien posteriormente convivió con una nueva pareja) quedaría extinguido desde el momento en que se llevara a cabo la liquidación de la sociedad de gananciales. Del contenido de la resolución se extraen algunos puntos importantes:
- “La entrada de una tercera persona en el ámbito sentimental de la esposa y materialmente en la que fue vivienda familiar hace perder a la vivienda su antigua naturaleza de vivienda familiar por servir en su uso a una familia distinta y diferente”.
- “No se niega que al amparo del derecho a la libertad personal y al libre desarrollo de la personalidad se puedan establecer nuevas relaciones de pareja con quien se estime conveniente, lo que se cuestiona es que esta libertad se utilice en perjuicio de otros, en este caso del progenitor no custodio”.
- “La misma decisión adoptada en su día por los progenitores para poner fin al matrimonio, la deben tener ahora para actuar en beneficio e interés de sus hijos respecto de la vivienda”.
Sentencia del Supremo sobre el uso de la casa familiar
Con estas ideas expuestas, lo que está claro es que las posiciones entre los Abogados y Jueces de Familia seguirán estando enfrentadas: desde los que defienden el interés de los menores en tanto en cuanto necesitan una vivienda sin importar que el progenitor custodio conviva con otra pareja hasta los que apoyan la línea de la reciente Sentencia en lo relativo a la pérdida del uso de la vivienda familiar cuando se conviva de manera estable con una nueva pareja.
En conclusión, se abre una vía para que los interesados puedan, en base a esta resolución, intentar que se reconozca la extinción del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido al progenitor custodio mediante un procedimiento de modificación de medidas. Si desea más información, nuestro Despacho de Abogados cuenta con un Equipo de profesionales cualificados en la materia que le asesorarán y le representarán ante la justicia, contacte con nosotros.