Que son las capitulaciones matrimoniales y como hacer un contrato prematrimonial para salvar el patrimonio de mi familia y mis negocios

Capitulaciones matrimoniales

Si vas a contraer matrimonio y tienes dudas sobre cómo proteger tu patrimonio puedes llegar a un acuerdo con tu pareja y hacerlo firme a través de Capitulaciones Matrimoniales. ¿Quieres saber todo lo que te ofrece esta figura legal? En Maria Luisa Bautista Abogados somos expertos en Derecho de Familia y Sucesiones. Te asesoramos para defender tus intereses antes de  esa unión matrimonial que tiene consecuencias para tus bienes.

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Las Capitulaciones Matrimoniales son un acuerdo por el que una pareja establece unas normas que van a regular su matrimonio. EL motivo más frecuente de elaborar este acuerdo es para regular el régimen económico del matrimonio, es decir, como se regulan los ingresos, la adquisición de patrimonio y quién es propietario del mismo. Sin embargo, cada vez más se elabora para acordar aspectos tan relevantes como consentimientos o poderes, efectos de un posible divorcio o acuerdos sucesorios.

Si no se hacen estas capitulaciones y, por tanto, no se pacta un régimen económico se aplicará el régimen económico que la Ley establece como supletorio que en los territorios de Derecho Común es el régimen de Sociedad de Gananciales y en otros territorios el que establezca su Ley propia, por ejemplo, en Cataluña es el régimen de separación de bienes.

Las capitulaciones matrimoniales están reguladas en nuestro Código Civil en los artículos 1325 y siguientes dentro de su Título III que regula el régimen económico matrimonial. Según esta normativa el propósito fundamental de las capitulaciones matrimoniales es estipular, modificar o sustituir el régimen económico matrimonial o cualquier otro tipo de pacto sobre dicho régimen.

Las capitulaciones matrimoniales o contrato prematrimonial pueden otorgarse antes de la celebración del matrimonio o después en cualquier momento mientras subsista dicho matrimonio. En el caso de el pacto prematrimonial se firme durante la duración del matrimonio, regirá el régimen de Gananciales hasta su otorgamiento y las cláusulas del pacto prematrimonial tras su firma. Puedes firmar tu contrato prematrimonial antes de la celebración de tu matrimonio, no obstante quedará sin efecto si el matrimonio no se celebra finalmente o no se lleva a cabo en el plazo de un año.

Cómo se hace un Contrato Prematrimonial

La forma de firmar un contrato prematrimonial es en escritura pública otorgada ante notario. Están prohibidas y, por lo tanto, son nulas las estipulaciones que sean contrarias a la Ley, a las buenas costumbres o que atenten contra la igualdad de derechos de hombre y mujer. En el caso de que uno o ambos miembros del matrimonio sean menores no emancipados o incapacitados que puedan contraer matrimonio con arreglo a la Ley pueden, también, otorgar capitulaciones matrimoniales, pero tendrán que ser asistidos y recibir el consentimiento de sus padres o tutores, salvo que sólo se acuerde el régimen de separaciones de bienes o cuentas en participación.

Unas capitulaciones matrimoniales se pueden modificar. Sin embargo, para su validez, deben contar con la asistencia, si vivieren, de las personas que comparecieron en su día para otorgar las capitulaciones, siempre que esta modificación afecte a derechos que hayan obtenido tales personas. En capitulaciones matrimoniales que modifican otras anteriores habrán de incluirse los datos de la escritura que contenga las capitulaciones modificadas.

Para finalizar el proceso, las capitulaciones matrimoniales han de presentarse en el Registro Civil en la inscripción del matrimonio donde constarán y serán públicas además de cualquier otra información sobre pactos, resoluciones judiciales y otras circunstancias que modifiquen el régimen económico del matrimonio. En el caso de que afecten a bienes inmuebles también se mencionarán en su lugar en el Registro de la Propiedad según las normas hipotecarias.

Casos en los que es aconsejable realizar un Contrato Prematrimonial

En toda unión matrimonial es aconsejable realizar un contrato prematrimonial. Sin embargo, cuando se dan unas circunstancias especiales en la vida económica, profesional y personal de los esposos un contrato prematrimonial es aún más necesario.

Es muy frecuente que si uno de los cónyuges se dedica a actividades económicas estime conveniente sustituir el régimen de gananciales por uno de separación de bienes con el objetivo de dejar a salvo al otro de posibles deudas. Los regímenes económicos que son más habituales en España son:

  • Régimen de gananciales en el existen bienes privativos y bienes gananciales.
    • Son privativos los bienes que tenía cada cónyuge antes de casarse y los que reciba por donación y herencia además de los que compre con otros bienes privativos.
    • Son gananciales todos los demás bienes.
  • Régimen de separación de bienes.
  • Régimen de cuentas en participación todos los bienes son privativos de cada uno pero, al terminar el matrimonio se arreglan cuentas.
  • Régimen universal todos los bienes son comunes.

Estos regímenes son relativos al patrimonio, pero no establecen otras normas que pueden ser relevantes para el matrimonio. Si quieres elaborar un contrato prematrimonial para establecer las normas que tendrá tu unión y, en su caso, si se termina con un divorcio no dudes en llamarnos. Te facilitamos Asistencia y Asesoramiento Legal para proteger tu patrimonio personal y familiar. Contacta con Maria Luisa Bautista Abogados en Pozuelo de Alarcón, Madrid.



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