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Uso de Drones como hobby. Regulación y límites legales de su uso no profesional

¿Has pensado cómo el uso de drones ha cambiado algunos de los servicios que recibimos? ¿Te has planteado emprender un negocio relacionado con el uso de drones? ¿Tienes un dron y lo usas como hobby pero no conoces su regulación jurídica? Si es así te interesa muchísimo este contenido, ya que en él te contamos todo lo que necesitas saber sobre la regulación de esta novedad tecnológica que ha tenido tanta aceptación social.

Uso de drones para fines recreativos o profesionales

El desarrollo tecnológico que el orden mundial está experimentando durante los últimos años ha provocado la aparición de nuevos desafíos en el campo legislativo, tanto en una escala nacional como supranacional, así como la irrupción de muchas lagunas legales a las que hacer frente. En concreto, en este artículo nos detendremos en exponer la problemática que suscitan los drones, o lo que es lo mismo, las aeronaves pilotadas por control remoto,  y sus usos.

Es cierto que cada vez son más los profesionales, como la policía o los bomberos, que encuentran en esos instrumentos un medio de apoyo a sus actividades; no obstante, la controversia se plantea especialmente cuando los drones son empleados por particulares para un uso recreativo, no profesional, bien destinados a la filmación de videos o bien por aficionados a la fotografía.

 

 

En este sentido, el uso de drones, ya sea para fines profesionales o recreativos, así como su creciente popularidad está generando una realidad que acaba por desbordar a los legisladores de los distintos países, lo que implica legislaciones dispares entre Estados, incluso la inexistencia de una regulación legal al respecto.

¿Qué regulación legal existe en España para los vuelos con drones?

Hasta la entrada en vigor del Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regulan la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto (en adelante, el Real Decreto), nuestro país no contaba con una normativa que diese respuesta al uso de drones para fines no profesionales tanto en ciudad, en las proximidades de los aeropuertos y en otros lugares de interés conflictivo.

Los requisitos y responsabilidades exigidas para el uso de drones dependen del uso que se pretendan darles, esto es, según se vayan a emplear para un fin profesional o como hobby. Por ello, y dado que la intención de este artículo no es otra que desgranar las principales claves para un uso legal de los drones con fines recreativos, a continuación se detallarán los principales requisitos para un cumplimiento efectivo.

Para empezar, lo primero que los particulares deben plantearse es si para pilotar un dron es necesaria la obtención de una licencia de piloto. Pues bien, este permiso NO será necesario acreditarlo en los casos en los que el dueño del aparato lo vaya a usar para actividades recreativas. Con lo cual, estas personas no deberán justificar unos conocimientos teóricos y prácticos ni el correspondiente certificado médico exigible a tenor de los requisitos previstos en el Real Decreto.

 

 

Normas para el uso de drones como hobby personal

Con carácter general el uso de drones o aeronaves pilotadas por control remoto deberán volar a una distancia mínima de 8 kilómetros de los aeropuertos o aeródromos próximos. Igualmente, el pilotaje deberá realizarse fuera del espacio aéreo controlado y el aparato no deberá sobrepasar los 120 metros de altura sobre el suelo o sobre el obstáculo más alto situado dentro de una radio de 150 metros desde la aeronave. Todo ello bajo unas óptimas condiciones meteorológicas y de día.

Además, el peso del dron también juega un papel fundamental a la hora de poder pilotarlo en condiciones no profesionales. Por ejemplo, aquellas aeronaves que pesen menos de 2 kilogramos podrán ser pilotadas de noche siempre que no superen los 50 m de altura. Por otra parte, las aeronaves con un peso inferior de 250 gramos están autorizadas para volar sobre aglomeraciones de edificios en ciudades o pueblos y sobre personas con la condición de no superar los 20 metros de altura.

Otra cuestión es si las aeronaves destinadas para un uso recreativo deben contar con un seguro de responsabilidad civil: aunque no es obligatorio, sí que es recomendable.

Finalmente, independientemente del uso profesional o recreativo al que se destine el dron, éste deberá llevar una placa identificativa ignífuga que servirá para identificar a la aeronave con los datos de contacto del propietario, modelo y número de serie del aparato.

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