¿Qué sucede con la hipoteca en caso de divorcio?
¿Alguna vez te has preguntado qué sucede con la hipoteca en caso de divorcio?
Una de las preguntas más habituales y razonables que se hace una persona que se plantea divorciarse de su cónyuge es la relativa a la hipoteca que recae sobre la vivienda familiar.
Esta cuestión es de suma importancia dado que existen numerosas formas en las que el patrimonio de una familia puede estar configurado, y por lo tanto, hay una variedad de soluciones disponibles en función de cada caso concreto.
A priori es necesario tener en cuenta dos factores básicos para entender qué sucede con la hipoteca en caso de divorcio: PROPIEDAD de la vivienda y TITULARIDAD de la hipoteca.
- El caso más común es que ambos cónyuges sean a la vez propietarios de la vivienda y titulares del préstamo con garantía hipotecaria. En esta tesitura, primero habrá que responder a la pregunta de quién desea quedarse con la casa y, en caso de que ninguno la desee, se podrá proceder a la venta de la misma y a la cancelación de la hipoteca con parte del precio de venta.
Si uno de los cónyuges quiere adquirir la plena propiedad de la vivienda, es conveniente hacerlo mediante la figura de la extinción de condominio. En caso de poder hacerlo, será preciso practicar lo que se denomina una “novación hipotecaria”, mediante la cual el cónyuge que vende su mitad deberá dejar de ser titular del préstamo y el mismo recaerá íntegramente sobre el cónyuge que ostenta la propiedad plena.
Es preciso tener en cuenta que las novaciones hipotecarias no son obligadas para la entidad bancaria, la cual al fin y al cabo está exponiéndose a un mayor riesgo al contar con un deudor en lugar de con dos. Es muy posible que se nos requiera un aval a efectos de realizar la novación.
- Si ambos cónyuges son propietarios de la vivienda, pero sólo uno es deudor hipotecario, habrá que prestar atención a lo pactado de mutuo acuerdo entre los cónyuges o lo sentenciado contenciosamente en torno a la obligación de pago del préstamo.
El tratamiento que la jurisprudencia da a esta cuestión es la de calificar el préstamo como una carga del matrimonio, que, aunque puede haber sido soportada unilateralmente por uno de los cónyuges, es susceptible de comenzar a ser asumida por los dos de forma equitativa o proporcional una vez ha desaparecido el vínculo matrimonial.
Como se aprecia, cada caso constituye un verdadero ítem particular y los ejemplos anteriores son tan sólo dos de los muchos que pueden darse en la práctica jurídica habitual. En juego pueden entrar otros factores como una descompensación de los pagos del préstamo cuando uno de los cónyuges no ha tenido capacidad económica o no ha querido asumir el pago, problemas derivados de la propia novación hipotecaria y discusión en torno a la distribución del pago cuando se realiza una adjudicación de uso y disfrute sin alterar las titularidades de propiedad y deuda hipotecaria.
Si está pensando en divorciarse, pero le preocupa, entre otras cuestiones, la relativa a la hipoteca que tiene en común con su cónyuge, no dude en acudir a María Luisa Bautista Abogados expertos en Derecho de Familia y Abogados divorcio en Pozuelo. Le asesoraremos y acompañaremos durante todo el proceso tanto previo como de tramitación, ya sea por la vía del mutuo acuerdo o la contenciosa, para que sus dudas queden lo más claras posibles y pueda tomar la decisión de forma libre y no condicionada al desconocimiento de su futuro económico tras el divorcio.