¿QUÉ OCURRE CON LOS PAQUETES TURÍSITICOS CONTRATADOS PREVIAMENTE AL ESTADO DE ALARMA?

Posibilidades y factores a tener en cuenta

Derivado del estado de alarma decretado por el Gobierno de España se ha restringido a la población la realización de viajes, ya sea en el territorio español o al extranjero, cancelando innumerables vuelos, a no ser que sea estrictamente necesario y urgente realizarlo.

Dado lo anteriormente expuesto, muchas personas habían contratado con anterioridad paquetes turísticos, consistentes en vuelos, alojamientos, actividades, etc. que, seguramente, ya habían abonado, sino en su totalidad, una gran parte de los mismos. Entonces ¿Qué ocurre ahora con esos viajes que no voy a poder realizar? ¿Tengo derecho a la cancelación y el reembolso de lo abonado?

Habrá de estar a cada caso en concreto y sus especialidades, pero vamos a intentar dar una respuesta lo más detallada posible dentro de la generalidad de supuestos que pueden acontecer y habría que estudiar singularmente.

El caso más claro es la situación en que hemos comprado unos billetes de avión pero en cambio la propia aerolínea ha cancelado dicho vuelo, en este supuesto no hay más opción que le reembolso íntegro de lo abonado.

En caso de que se haya contratado un paquete turístico, como se ha expuesto, compuesto de viaje y alojamiento, con una agencia, y el destino de dicho viaje es un país o países que se han decretado como aislados y no existe la posibilidad de realizar el viaje, la agencia está obligada
al reembolso íntegro del dinero abonado. En cambio si es un viaje a varios países y solo es uno el afectado, la agencia deberá gestionar el cambio de dicho destino por otro, dentro del paquete contratado, que sí permita el viaje.

El Ministerio de Sanidad ha compartido una lista de "áreas con evidencia de transmisión comunitaria" en las que el riesgo al contagio es mucho mayor. En esa enumeración están algunas zonas de España (las Comunidades Autónomas de Madrid y de La Rioja, los municipios de Bastida y Vitoria y Miranda de Ebro), además de Italia (todo el país), los departamentos franceses de Haut-Rhin (Grand Est) y l'Oise (Hauts-de-France), el departamento alemán de Heinsberg (Renania del Norte-Westfalia), China (todas las provincias, incluyendo Hong Kong y Macao), Corea del Sur, isla de Hokkaidō de Japón, Singapur e Irán. Por lo que si el destino del viaje programado es uno de los indicados, hay un mayor peso probatorio para que la reclamación de reembolso prospere.

Más de 60 países han impuesto restricciones a los viajeros provenientes de España y una veintena ha prohibido directamente que entren en sus fronteras. A pesar de eso, en caso de que el destino sea a uno de esos países ninguna aerolínea devuelve actualmente el dinero, pudiendo igualmente iniciar un procedimiento de reclamación o bien atenerse al derecho queotorgan las aerolíneas para cambios hasta el 30 de noviembre pero no devoluciones.

Existe así mismo la posibilidad de, dada la actual situación, que el Gobierno de España decida cerrar el espacio aéreo, en este caso existirá la obligación se devolución del dinero de sus vuelos a los usuarios que tuvieran billetes comprados a partir de esa fecha.

Visto lo anterior, ha de matizarse nuevamente que se ha estar al caso en concreto, pero, desde un punto de vista general, ¿Se puede entender el miedo a la epidemia una causa de fuerza mayor? El miedo insuperable de muchos consumidores a contraer la enfermedad en sus viajes
de ocio, o a quedarse aislados lejos de sus domicilios nos parece una razón justificada para cancelar las reservas efectuadas. No se trata de una cancelación voluntaria, como agencias, hoteles o compañías aéreas quieren hacer creer, sino una decisión motivada por la presencia
de la enfermedad y la incertidumbre sobre las consecuencias personales y económicas que puede tener un contagio por coronavirus.

Por lo que no es el consumidor quien debe pagar las consecuencias de la cancelación: ya que si no se considera fuerza mayor, no se les reembolsará el dinero pagado (salvo en los casos anteriormente expuestos), con lo que el usuario sufrirá un grave perjuicio económico.

Actualmente la Administración no ha emitido dictamen o resolución alguna que considere la situación que atravesamos como causa de fuerza mayor simplemente instando a las empresas a que permitan cancelar los viajes contratados sin hacer frente a las penalizaciones de los
contratos. Como es lógico, las líneas aéreas y empresas transportistas, por propia iniciativa, tampoco han considerado que estamos ante un caso de fuerza mayor y vayan a reembolsar el importe de los viajes, por lo que lo más probable, es que haya que luchar por ese reembolso
del dinero abonado previamente.

El número de afectados por el coronavirus sigue aumentando en todos los países. Todavía hay muchas incertidumbres sobre la alerta sanitaria provocada por el coronavirus, pero debe prevalecer el sentido común, poner en marcha las medidas básicas de precaución para evitar contagios. Entre ellas, está evitar viajar a las zonas afectadas e incluso no viajar desde zonas afectadas si no es estrictamente necesario y urgente.

Por todo ello si sientes un miedo inasumible e insuperable al contagio, se debe entender como una causa de fuerza mayor y solicitar que se considere así, para tramitar así el reembolso de las cuantías abonadas ante el departamento de atención al cliente de la empresa o compañía,
debiendo continuar la tramitación de la devolución ante siguientes instancias de negarse al reembolso la compañía o agencia, pudiendo incluso llegar a la vía judicial de ser necesario.

 



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