¿Qué es un informe psicosocial?
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Es posible que mucha gente se pierda entre tecnicismos del ámbito jurídico. Por ello, hoy vamos a explicar a fondo qué es un informe psicosocial.
Dentro de los procedimientos judiciales de familia, mayormente cuando existen hijos menores de edad o incapacitados sobre los que se tiene que valorar la atribución de la guarda y custodia y patria potestad, es altamente aconsejable que se realice un informe psicosocial que detalle la conveniencia de aplicar un tipo u otro de sistema de guarda, buscando así el mayor beneficio para los menores involucrados.
¿Quién es el autor de un informe psicosocial?
Este tipo de informes son elaborados por los psicólogos y trabajadores adscritos al Juzgado donde se siga el asunto, lo que garantiza la imparcialidad y profesionalidad de los mismos, quienes tras las reuniones que entiendan oportunas y con los métodos que así mismo vean más aconsejables, unido al estudio de la totalidad del expediente, emitirán un informe que, desde un puntos de vista psicológico y social, señale lo que entienden más conveniente aplicar y la capacidad de los progenitores para el cuidado de sus hijos.
¿Para qué se utiliza un informe psicosocial?
Estos informes psicosociales se realizan a instancia de parte, esto es, a petición de cualquiera de las partes del procedimiento, por medio de sus representaciones procesales, si bien incluso el propio Juzgado o el Fiscal lo pueden solicitar si lo ven necesario y no ha sido solicitado previamente. Así mismo el informe no es vinculante, el Juez no tiene porque seguir el informe al pie de la letra si entiende más recomendable otorgar otro sistema de guarda y custodia por ejemplo, si bien es un informe técnico que ayuda en muchas ocasiones a la decisión que finalmente tome el Juzgado.
Otro tema que suele ser importante es si la emisión del mismo puede dilatar en exceso el procedimiento. Esta pregunta tiene difícil respuesta, ya que depende, en primer lugar, de lo que el Juzgado tarde en proveerlo y, tras ello, de la carga de trabajo que tenga el equipo psicosocial, por lo que dependerá del Juzgado en cada caso en concreto, pudiendo variar mucho de uno a otro, si bien puede estar en torno a los 6 meses.
¿Cuál es el contenido de un informe psicosocial?
En cuanto al contenido del informe psicosocial, depende del método que cada profesional utilice y las pruebas de las que vaya a valerse para su emisión, así por ejemplo algunos realizan reuniones conjuntas con las partes, otros por separado, algunos hacen visitas a los domicilios para ver la viabilidad de estancia de los menores, etc. hechos que así mismo están relacionados con el contenido del procedimiento en sí, siendo de suma importancia que los profesionales previamente sean conocedores de todos los extremos que constan en éste.
Pese a lo anterior, todo informe tiene que tener unos mínimos de contenido, que vendrían a ser los siguientes:
- Datos de las partes.
- Metodología. Las pruebas que han realizado psicólogo y trabajador social para la realización del mismo.
- Actitud y comportamiento de los intervinientes durante la entrevista.
- Características psicológicas de los miembros de la familia.
- Situación económica, laboral y apoyos familiares de los progenitores.
- Habilidades parentales y estilo educativo de los progenitores.
- Relaciones de los hijos con los padres/madres.
- Las conclusiones del psicólogo y del trabajador social.
De todos estos puntos que se contendrán en el informe, y pese a la importancia de todos ellos, normalmente una vez se reciba el mismo se acude a las conclusiones, pues es el punto que resume las medidas que se entienden más pertinentes a adoptar.
Utilidades de un informe psicosocial
Las conclusiones deben ser congruentes con los resultados obtenidos en las pruebas realizadas, pruebas que han de ser expuestas y detalladas en el cuerpo del informe, y en las conclusiones se incluye la valoración de la situación familiar y sus recomendaciones.
Como hemos expresado, si bien el Juez no tiene una vinculación absoluta al informe, tiene muy presentes las conclusiones del mismo para ello, siendo por tanto una prueba de gran valor en el recorrido del procedimiento.
Puede darse el caso de que el informe psicosocial sea desfavorable a nuestros intereses, hecho que en todo caso es debatible y que los abogados deben saber gestionar impugnando el mismo. En este sentido, para impugnarlo primero se ha de analizar los puntos del mismo y ver en cuales de ellos se fundamenta el hecho de que sea negativo a nuestros intereses.
Primero para que la defensa en juicio sea lo más viable posible y, de entenderlo necesario, que suele serlo, acudir a un gabinete psicosocial privado para que elaboren un contrainforme en el que poder apoyarnos y tratar de “tumbar” el informe judicial en base al de otro profesional que argumente desde un punto de vista técnico por qué ha fallado el primero de ellos y por qué efectivamente se deben tomar en consideración nuestras peticiones de cara a la resolución judicial.
Objetivo del informe psicosocial
En este caso, el objetivo es revisar punto a punto el informe psicosocial elaborado por el juzgado en busca de errores en el peritaje psicológico, criterios erróneos o, directamente, mala praxis y conseguir así un informe psicosocial favorable a nuestros intereses. Está claro que para obtenerlo el progenitor en cuestión tendrá que demostrar que cumple con ciertos criterios necesarios para ello.
Actualmente existe un principio ampliamente consensuado que es el criterio de primar el interés superior de los menores implicados, siendo una garantía que los menores tienen de que, previamente a tomar cualquier decisión respecto a ellos, se adopten aquellas que promuevan y protejan sus derechos y no las que los vulneren, por tanto, se deben de tener en cuenta las condiciones tanto materiales como afectivas que les permitan un desarrollo integral y una vida digna.
Nuestro ordenamiento jurídico lo dispone de esta forma, puesto que resulta de crucial importancia en las decisiones que se tomen en relación con el bienestar psicológico de los menores y su futuro desarrollo, si no se da este principio es altamente complicado obtener un informe favorable a nuestros intereses.
Por todo ello se puede apreciar la gran importancia de la elaboración de informes psicosociales y el calado que normalmente tienen a la hora de dictarse una resolución judicial en asuntos de guarda y custodia y patria potestad.